LEY DE CREACION DEL COLEGIO DE BIÓLOGOS DEL PERU
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO LEY SIGUIENTE:
CONSIDERANDO:
Que es política del Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada, propiciar la agrupación de profesionales de las distintas disciplinas en entidades representativas, con la finalidad de estrechar vínculos de solidaridad y propiciar el desarrollo de la profesión;
Que el profesional en Administración ejerce sus actividades en los campos de la Administración Pública y Privada, en la docencia e investigación, por lo que es necesario que estén agrupados en un Colegio representativo; en uso de las facultades que está investido; y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1º Crease el Colegio de Licenciados en Administración como entidad autónoma y representativa de la profesión, en todo el territorio de la República con personería jurídica propia con sede en la ciudad de Lima
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